Seguro Plan Renta Diaria POS

¿Para qué sirve?

SURA ha creado el Seguro Plan Renta Diaria POS como una solución para las personas que se encuentran afiliados al Plan Obligatorio de Salud, que desean acceder a una indemnización de renta diaria por hospitalización o cirugía, como consecuencia de una enfermedad adquirida o accidente ocurrido durante la vigencia de la póliza y que no estén contemplados dentro de las exclusiones o el periodo de carencia del seguro.

SURA pagará la indemnización de renta diaria a través de reembolso, con base en el valor adquirido en la Póliza Plan Renta Diaria POS.

7 Razones para tener este seguro

 

  1. Puedes garantizar un ingreso por renta diaria en caso de hospitalización o cirugía, según las condiciones de tu póliza.   

  2. Te ofrece el respaldo, servicio y asistencia de SURA, la compañía líder en el mercado de seguros en Colombia. 

  3. Puedes elegir el valor que deseas recibir por indemnización, de acuerdo con el valor que definas para tu póliza. 

  4. Te permite asegurar tu grupo familiar básico. 

  5. Puedes definir la forma de pago que mejor se ajuste a tus condiciones económicas. 

  6. Puedes adquirirla en las principales ciudades del país y ciudades intermedias. 

  7. Está disponible con valores asegurados de $50.000, $100.000, $150.000 y $200.000 

 

¿Qué cubre?

Esta renta cuenta con diferentes alternativas de cobertura que puedes elegir de acuerdo con las necesidades de tu familia y tus posibilidades económicas:

El Plan Básico contempla las siguientes coberturas:

  • Renta por hospitalización por tratamiento médico o cirugía hospitalaria: el asegurado tendrá derecho a recibir el 100% de la suma establecida en la póliza por cada día que permanezca hospitalizado y hasta por 90 días.  

  • Renta por cirugía ambulatoria en quirófano: el asegurado tendrá derecho a recibir el 100% del valor definido por cada cirugía.  

  • Renta por atención del parto: la mujer asegurada tendrá derecho a recibir el 200% de la suma contratada por parto.  

Además, la Póliza Plan Renta Diaria POS ofrece la posibilidad de contratar un anexo opcional con las siguientes coberturas adicionales:

  • Ampliar al doble los días de indemnización en la cobertura de renta por hospitalización, pasando de 90 a 180 días.  

  • Recibir renta por hospitalización en unidad de cuidados intensivos, correspondiente al 200% del valor asegurado y hasta 10 días. Este amparo excluye los días de renta por hospitalización.  

 

El Seguro Plan Renta Diaria POS no cubre los siguientes casos:

  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de enfermedades, anomalías, o malformaciones congénitas.  

  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de enfermedades y/o padecimientos prexistentes al ingreso del asegurado a la póliza.  

  • Hospitalizaciones consecuencia de tratamientos psiquiátricos o psicológicos, estados de demencia, curas de sueño, reposo o descanso.  

  • Hospitalizaciones consecuencia de tratamientos por alcoholismo y/o drogadicción.  

  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de obesidad de cualquier tipo, incluyendo la obesidad mórbida.  

  • Hospitalizaciones por enfermedades relacionadas directa o indirectamente con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) o sida.  

  • Cirugías consecuencia de tratamientos por infertilidad y/o planificación familiar.  

  • Tratamientos hospitalarios médicos o quirúrgicos consecuencia de complicaciones del embarazo o del parto.  

  • Tratamientos hospitalarios médicos o quirúrgicos relacionados o consecuencia de tratamientos odontológicos.  

  • Cirugías consecuencia de defectos de refracción visual.  

  • Tratamientos hospitalarios y/o quirúrgicos orientados al feto.  

  • Cirugía estética, cirugía plástica.  

  • Hospitalizaciones y/o cirugías consecuencia de guerra civil o internacional, así como las lesiones sufridas por el asegurado cuando participe directa o indirectamente en huelga, motín, asonada, rebelión, revolución, sedición.  

  • Hospitalización domiciliaria o en instituciones no autorizadas para la prestación de servicios médicos.  

  • Tratamientos hospitalarios y/o ambulatorios como consecuencia de accidentes por la utilización o la práctica de: motociclismo, cuatrimotos, vuelo en planeadores, cometas, ultralivianos y similares, parapente, bungee jumping, puenting, rafting, downhill, paracaidismo, escalada de montañas, ski en el hielo, buceo, artes marciales y deportes o actividades denominadas de alto riesgo y/o extremas.  

 

¿Quién se puede asegurar?

 

El Plan Renta Diaria POS de SURA está disponible para las personas que se encuentren afiliadas a una EPS a través del Plan Obligatorio de Salud, y que deseen asegurar su ingreso a través de una indemnización, en caso de presentarse una enfermedad o accidente contemplados en las coberturas de la póliza.

Las personas elegibles para ingresar a la póliza son:

  • El tomador en los contratos familiares y el afiliado en los contratos colectivos.  

  • El cónyuge o compañero (a) permanente del tomador o afiliado.  

  • Los hijos menores de veinticinco (25) años, solteros y que dependen económicamente del tomador o afiliado.  

  • Este plan permite incluir nuevos asegurados por solicitud del tomador o el afiliado durante la vigencia de la póliza. En caso de ser aceptados, la persona asegurada gozará de cobertura en los términos del seguro después de los sesenta (60) días de su ingreso a la póliza, siempre y cuando haya sido cancelado el valor de la prima correspondiente.  

Los requisitos establecidos para ingresar a la Póliza Plan Renta Diaria POS:

  • Contar con una EPS vigente  

  • No presentar enfermedades de alto costo o graves  

  • Tener menos de 59 años  

  • Formar parte del grupo familiar básico del tomador o afiliado  

  • Contar con capacidad de pago  

  • No desempeñar ocupaciones riesgosas  

  • Residir en Colombia  

  • No residir en un lugar de riesgo  

  • Las pólizas colectivas están disponibles  

  • para las empresas cuya actividad principal no implica actividades peligrosas.  

 

¿Cúando se pierde la cobertura?

El Seguro Plan Renta Diaria POS no aplica en caso de exclusión, limitación o periodo de carencia, mora, cobertura no amparada, preexistencia no declarada (reticencia)

Revocación unilateral: la póliza será revocada mediante comunicación escrita, en los siguientes casos:

  • Por decisión voluntaria por parte del tomador o afiliado, o representante legal cuando el tomador sea una entidad jurídica.  

  • Cuando el cliente ha incumplido con el contrato o se presente reticencia, es decir, preexistencia no declarada.  

  • Cuando haya mora en el pago de las primas.  

 

Formas de pago

SURA te brinda múltiples posibilidades para el pago de tu Seguro Plan Renta Diaria POS, de acuerdo con tus requerimientos y necesidades. Puedes diseñar el plan de pagos que desees para tu póliza, ya sea de forma anual, semestral, trimestral o mensual.

Además, para ofrecerte siempre mayor tranquilidad te presentamos gran variedad de medios de pago para que pagues tu póliza como prefieras:

  • Los planes familiares pueden cancelarse en efectivo, cheque, tarjeta de crédito, débito automático, financiación o internet.  

  • Las pólizas colectivas pueden pagarse en cheques o transferencia.  

 

Reclamación

Las pólizas de SURA te ofrecen un respaldo efectivo y oportuno en el momento que más lo necesitas. Por este motivo, hemos diseñado un procedimiento que te permite saber con claridad cómo realizar la reclamación de tu Póliza Plan Renta Diaria POS.

  • El Tomador deberá presentar a SURA, la reclamación diligenciada en los formularios suministrados por ésta, adjuntando la certificación de la IPS donde fue hospitalizado o intervenido quirúrgicamente, donde conste el número de días de hospitalización o el nombre de la intervención realizada.  

  • Adicionalmente SURA podrá solicitar la Historia Clínica y los Certificados Médicos que crea necesarios para el pago de la reclamación.  

  • Toda indemnización que SURA deba efectuar en virtud del presente contrato será pagada al Tomador, al Afiliado (pólizas colectivas) o al Asegurado, para lo cual SURA tendrá un (1) mes, contado a partir de la fecha en la cual se acreditó con todas las pruebas necesarias sobre la ocurrencia del siniestro.  

 

Plazos y términos

 

En SURA valoramos la confianza de nuestros clientes. Por eso, queremos que conozcas las características y requisitos establecidos en tu Póliza Plan Renta Diaria POS, con el fin de garantizarte la transparencia de nuestros servicios y soluciones, y darte la tranquilidad de que recibirás una respuesta adecuada de acuerdo con las condiciones pactadas en tu póliza.

Limitaciones de cobertura

El asegurado no tendrá derecho a la indemnización en los casos de tratamientos médicos hospitalarios o quirúrgicos o cirugías ambulatorias iniciadas o realizadas dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su ingreso a la póliza.

Límites de edad

Se puede ingresar al Plan Renta Diaria POS a partir del nacimiento y hasta menos de los 59 años de edad.

Edad máxima de permanencia

La edad máxima de permanencia es hasta los 65 años. (Una vez el asegurado cumpla los 65 años de edad será retirado de la póliza a la fecha de inicio de la nueva vigencia anual de renovación).

Cancelación de la póliza

La póliza Plan Renta Diaria POS puede ser cancelada en caso de mora, incumplimiento del asegurado, o muerte del asegurado (cuando sea el único asegurado en la Póliza).

En caso de revocatoria o incumplimiento, SURA devolverá las primas aplicadas desde el momento de la revocación hasta el periodo pagado por el asegurado.

 

Renovación automática

Solo aplica en las pólizas familiares, siempre y cuando la póliza se encuentre al día con el pago de las primas.

Prórroga del contrato

La prórroga solo aplica para las pólizas colectivas, y deberá ser solicitada por el tomador con un mes o más de anticipación a la fecha de renovación de la póliza.