Seguro de Sustraccion

¿Para qué sirve?

El Seguro de Sustracción de Establecimientos de SURA, es una solución creada para que las empresas protejan los bienes de su propiedad o que estén bajo su cuidado, contra las pérdidas o daños causados por el robo o sustracción de estos artículos.

Esta póliza brinda la cobertura de sustracción con violencia que incluye no solo los daños a los bienes asegurados cuando estos objetos pueden ser sustraídos, sino también los daños que se ocasionen al inmueble donde se encuentren estos artículos, tales como daños a las puertas, ventanas o chapas de la casa o del local u oficina.

5 Razones para tener este seguro

  1. Diseñados para indemnizar la pérdida material de los bienes de su empresa tales como mercancías, insumos y maquinaria cuando éstos se vean afectados por sustracción o su tentativa.  

  2. Ofrece el respaldo, servicio y acompañamiento de SURA, la compañía líder en el mercado de seguros en Colombia.   

  3. Esta solución incluye igualmente el amparo por los daños visibles causados a las puertas, ventanas, chapas o inclusive a las paredes de la casa o local donde se encuentren los artículos asegurados.  

  4. Brinda además la posibilidad de adquirir coberturas adicionales, como sustracción sin violencia y amparo para sustracción de contenidos especiales. La cobertura de contenidos especiales le permite asegurar artículos valiosos como joyas, pieles, objetos de arte, documentos o dinero en efectivo.  

  5. SURA brinda diferentes alternativas para el pago del seguro, de acuerdo con sus necesidades. 

 

¿Qué cubre?

El seguro de Sustracción de Establecimientos de SURA contempla una cobertura básica para la sustracción con Violencia de los bienes, es decir, cuando se causan daños visibles a las puertas, ventanas, chapas o inclusive a las paredes de la casa o local que los contenga.

Igualmente, se considera que existe una sustracción violenta, cuando se pone en peligro la vida del propietario, los residentes o familiares del propietario o arrendatario de la casa o local asegurado, o a los empleados o clientes de una empresa.

Asimismo, se considera un acto violento contra las personas, cuando se les suministra alguna sustancia que les haga perder la conciencia o los deje en un estado en que pierdan la voluntad para defenderse. Por ejemplo, si a una persona se le suministra escopolamina, comúnmente conocida como “burundanga” y es obligado a entregar el computador de su casa, se considera que existe una sustracción violenta, por lo cual estaría cubierta por el amparo básico de esta póliza.

Además, SURA ofrece a su empresa la posibilidad de incluir el amparo de riesgos adicionales, como:

Sustracción sin violencia: Esta cobertura ampara la pérdida de los bienes asegurados, cuando no se observe ningún daño a la casa, oficina o local que los contenga, igualmente cunado ocurra la sustracción de los bienes sin que se amenace a las personas o se les suministre cualquier tipo de sustancia que les haga perder la voluntad.

Sustracción de contenidos especiales: Esta cobertura permite incluir la protección de artículos valiosos en general como joyas, pieles, objetos de arte, documentos o dinero en efectivo, a través de una declaración especial y el pago de una prima adicional.

 

Formas de pago

Pensando en la comodidad de sus clientes, SURA ofrece múltiples alternativas para el pago de sus servicios.

Visite nuestra página y escoja la opción que mejor se ajuste a sus posibilidades.

Reclamación

Con el fin de brindar un respaldo efectivo y oportuno, SURA ha establecido un procedimiento de reclamación que le permite a sus clientes conocer con claridad los pasos que debe seguir en caso de presentarse un evento contemplado en las coberturas del Seguro de Sustracción de establecimientos y que puede ser causa de una reclamación.

En caso de presentarse una reclamación, el asegurado debe:

  • Demostrar a SURA que ha ocurrido el siniestro y su valor, de acuerdo con el artículo 1077 del Código de Comercio.  

  • Presentar un informe escrito que determine las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos que generan la reclamación.  

Anexar los siguientes documentos:

  • Copia de la denuncia penal instaurada ante la autoridad competente o en su defecto la constancia de la fiscalía.  

  • Cotización de cada uno de los objetos hurtados de iguales o similares características.  

  • Cotización o factura de la reparación de los daños causados a la vivienda o a los contenidos en el hurto o en la tentativa de hacerlo.  

 

Plazos y términos

SURA le garantiza la transparencia en sus servicios y soluciones, así como la tranquilidad de recibir una respuesta adecuada, según las condiciones acordadas con nuestra compañía. La confianza de nuestros clientes es un aspecto fundamental de nuestra gestión, por lo cual es importante que usted conozca las características y requisitos establecidos para el Seguro Sustracción de establecimientos.

Vigencia

La póliza tiene una vigencia anual sin renovación automática.

Terminación automática

Cuando el pago de la prima no se realice con la entrega de la póliza o de sus certificados o anexos, la póliza se cancelará automáticamente, si el pago de la prima no se realiza dentro de los 45 días siguientes al inicio de su vigencia.

Revocación de seguro

La póliza podrá ser revocada de forma unilateral por cualquiera de los contratantes. Por parte de SURA, mediante una notificación escrita enviada al asegurado con no menos de 10 días de antelación contados a partir de la fecha de envío, y por parte del asegurado en cualquier momento, mediante aviso escrito a SURA.

El asegurado debe mantener el estado del riesgo, es decir que debe informar a SURA sobre los hechos no previsibles que lo modifiquen, dentro de los 10 días hábiles siguientes en que ocurra la modificación.

 

Derechos y deberes

Cuando no se realice el pago de la prima a la entrega de la póliza, el seguro se cancelará automáticamente si este pago no se realiza dentro de los 45 días comunes siguientes al inicio de su vigencia.

Tarifas y tasas de interés

El costo de la prima mínima del seguro Sustracción de Establecimientos de SURA, es determinado de acuerdo con el valor asegurado, es decir, el precio por el cual se aseguran los contenidos. Igualmente, la prima puede variar según el costo de las coberturas adicionales contratadas.